4:45 pm | 05 de febrero 2022. de Paz Civil 3a. mecanismo de selección se utilizará por un plazo no mayor. Es decir, los hechos detallados precedentemente y que motivaron la imposición de la medida cautelar, aportan rasgos sintomáticos sobre la cercanía y lazos de familiaridad que existían entre Dabys Nel Ledesma Acosta y Aristóteles Carlos Acosta, de la confluencia de ambas personas en el Juzgado de Paz ubicado en la Avenida Sánchez Carrión N° 486; inclusive, se habría atribuido a este último el ejercicio de la abogacía en dicho local. Que, respecto a la primera falta imputada, cabe mencionar que de los actuados se acredita que el investigado Santiago Evangelista Oruna Mariño tenía pleno conocimiento que su conducta se encontraba prohibida por ley, pues mediante Resolución Administrativa número cero cero noventa y cuatro guión dos mil doce guión CSJLL/PJ del veinticinco de enero de dos mil doce, se le designó como juez de paz de Segunda Nominación del Sector “El Presidio” del distrito el Porvenir, de la provincia de Trujillo; y mediante acta de visita a juzgado de paz se aprecia que el día de la fecha a horas once de la mañana el Director del Centro Judicial de Formación Intercultural de la Corte Superior de La Libertad y la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de La Libertad verificaron que en el lugar donde funcionaban los Juzgados de Paz del Sector “Central” funcionaba el Juzgado de Paz de Segunda Nominación de “El Presidio”, es decir, funcionaba en el mismo domicilio, esto es, Avenida Sánchez Cerro número cuatrocientos ochenta y seis del distrito El Porvenir. La Cámara de Familia de segunda nominación de Córdoba, Auto N° 150 13/10/2016, "V.A., N.A. San Gerónimo, Santa Fe (segunda mitad del siglo XIX) (PDF) El receptor y el juez de paz: una mirada sobre la gestión cotidiana de los impuestos. Conocer, influir o interferir directa o indirectamente, en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando estas estén siendo conocidas o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la justicia especial. Actuaciones a partir de las cuales se desprende que los investigados han tenido pleno conocimiento del procedimiento instaurado en su contra y han ejercido su derecho de defensa. Por tanto, al haberse determinado su responsabilidad respecto de esta falta, corresponde aplicarle la sanción de suspensión y no la sanción de destitución…. LISTAS BIANUALES DE REEMPLAZANTES DE JUECES, FISCALES, DEFENSORES OFICIALES Y ASESORES DE INCAPACES, DE PRIMERA Y SEGUNDA INSTANCIA, DE TODOS LOS FUEROS Y DISTRITOS JUDICIALES DE LA PROVINCIA (LISTAS AÑOS 2022 - 2023 LEY Nº 7347 Y MODIFICATORIAS) EXPEDIENTE Nº 301-V/22 Los señores Elmer Palacios Ponce y Domingo Campos Haro fueron designados como jueces de paz de primera y segunda nominación del Distrito de Ongón, mediante Resolución Administrativa N° 0516-2020-P-CSJLL/PJ de fecha 03 de setiembre . Luego, por resolución número veintiuno del diez de junio de dos mil diecinueve, de fojas quinientos siete, se declaró consentida la resolución número veinte, en el extremo que resolvió imponer la medida cautelar de suspensión preventiva contra Santiago Evangelista Oruna Mariño, Dabys Nel Ledesma Acosta y Aristóteles Carlos Acosta. Cada distrito del país cuenta con un juzgado de paz. Registro Provincial de Femicidios. PAÚL IVAN NIZAMA YÁÑEZ con N° D.N.I. El portal jurídico más leído del Perú. S.C.I." debe acompañar al Juzgado de Primera Nominación en lo Civil y. Comercial el texto de la propuesta a los acreedores con la conformidad de los. Finalmente, mediante resolución número diecisiete del veintisiete de abril de dos mil dieciséis la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de La Libertad, propuso la destitución de los tres jueces de paz investigados. Juzgado De Paz De Segunda Nominación está en Facebook. Primera Nominación del Distrito de Talavera, Provincia de. 12/05/2016. Créanse en la Primera Circunscripción Judicial y con sede en las ciudades de Carlos Paz, Alta Gracia, Río Segundo y Jesús María, los siguientes Organos Judiciales: 1) Un Juzgado de Instrucción, Menores y Faltas. Que, a partir de los indicios detallados en el fundamento sétimo de la presente resolución, se concluye que en el irregular traslado de la sede del Juzgado de Paz de Segunda Nominación de “El Presidio” al lugar en el cual funcionaba anteriormente el Juzgado de Paz de Segunda Nominación del “Sector Central”, se evidencia que los Jueces de Paz investigados Dabys Nel Ledesma Acosta y Aristóteles Carlos Acosta no solo permitieron el funcionamiento del despacho del Juez de Paz Santiago Evangelista Oruna Mariño en un lugar en el cual no ejercía competencia y para el cual no fue designado, sino que además contribuyeron con tal fin, habiéndose identificado indicios suficientes de su complicidad, coordinación y contribución de los tres jueces de paz investigados, para así alcanzar la alteración del domicilio del Juzgado de Paz de El Presidio con la finalidad de lograr la operatividad y funcionamiento del local ubicado en Avenida Sánchez Carrión número cuatrocientos ochenta y seis, lugar en el cual se desempeñaba Aristóteles Carlos Acosta como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector Central, El Porvenir, a quien se le impuso medida cautelar de suspensión preventiva. interpongo, con efecto suspensivo y con Calidad de diferida y eleve el expediente al su. Asimismo, a efectos de dimensionar los hechos imputados en el presente procedimiento disciplinario, en torno a los hechos por los cuales se impuso la aludida medida cautelar, en esencia, es pertinente citar que en el fundamento vigésimo sexto de la resolución número dos del veintisiete de febrero de dos mil catorce, de fojas ciento treinta y seis a ciento noventa y cinco, se plasmó: El Magistrado Juez de Paz DABYS NEL LEDESMA ACOSTA en su actuación como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector Central del Distrito El Porvenir de la Corte Superior de Justicia de la Libertad; (…), así como por no haber comunicado a la autoridad judicial poseer incompatibilidad en el cargo con el Juez de Paz de Segunda Nominación del Sector Central del Distrito El Porvenir de la Corte Superior de Justicia de La Libertad: ARISTÓTELES CARLOS ACOSTA, quien es su primo hermano; (…); El Magistrado Juez de Paz DABYS NEL LEDESMA ACOSTA en su actuación como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector Central del Distrito El Porvenir de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; habría supuestamente incurrido en infracción a los deberes de respeto al debido proceso, incurriendo además en abandono del despacho e incumplimiento de sus obligaciones, además de no tener oficina ni horario donde atiende al público, se le observa todos los días junto con el Juez de Segunda Nominación su primo hermano Carlos Acosta Aristóteles en el Despacho que tienen en la Avenida Sánchez Carrión N° 486 (…); El Magistrado Juez de Paz ARISTÓTELES CARLOS ACOSTA en su actuación como Juez de Paz de Segunda Nominación-Sector Central del distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, de esta Corte Superior de Justicia de La Libertad; habría supuestamente incurrido en infracción a los deberes de mantener una conducta personal y funcional irreprochable acorde con el cargo que ocupa, incurriendo en la prohibición de ejercer como abogado en el mismo local del Juzgado en la Avenida Sánchez Carrión N° 486 del distrito El Porvenir, causando grave agravio de la imparcialidad del Juzgado de Paz, así como no haber comunicado causal para abstenerse del ejercicio judicial por poseer incompatibilidad en el cargo con el Juez de Paz de Primera Nominación del Sector Central del Distrito El Porvenir de la Corte Superior de Justicia de La Libertad: DABYS NEL LEDESMA ACOSTA, quien es su primo hermano; (…). Vélez Sarsfield 450 | Primer piso | Oficina 119 (0381) 4248000 Registro Único de Postulantes a la Adopción Crisóstomo Álvarez 535, Planta Baja (0381) 4524648 Oficina de Revinculación Parental y Régimen Comunicacional En simbólica ceremonia vía Google Meet, juramentaron los jueces de paz de primera y segunda denominación del distrito de Ongón, provincia de Pataz, ante el juez decano de dicha provincia, Noé Pedro Navarro Chávez, magistrado del Juzgado Mixto de Pataz. Asimismo, de la visita realizada el dieciséis de mayo de dos mil catorce, de fojas ciento quince a ciento dieciséis, se desprende que en dicho lugar no se encontraba el Juez de Paz Santiago Evangelista Oruna Mariño, no obstante haber trasladado irregularmente su despacho; sin embargo, se encontró en el mismo al Juez de Paz Dabys Nel Ledesma Acosta del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector Central, quien incluso se identificó como secretario, entendiéndose que desplegaba funciones jurisdiccionales a pesar de habérsele impuesto medida cautelar de suspensión preventiva; logrando con dicha actuación disfuncional inmiscuirse en el quehacer jurisdiccional de la justicia de paz, ocasionado desorden y confusión en los usuarios del servicio de administración de justicia, con el consiguiente perjuicio grave que implicaba su actuación en incidencias, diligencias o actos procesales en tanto se les impuso medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, por ello no podían conocer, influir o interferir, directa o indirectamente, en causas por cuanto estaban impedidos para ello, por lo cual se concluye que el Juez de Paz Dabys Nel Ledesma Acosta en su actuación como Juez de Paz -suspendido- del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector Central del Distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; y el Juez de Paz Aristóteles Carlos Acosta en su actuación como Juez de Paz -suspendido- de Segunda Nominación del Sector Central del distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, han incurrido en las faltas graves previstas en los numerales dos y cuatro del artículo cuarenta y nueve de la Ley de Justicia de Paz, Ley número veintinueve mil ochocientos veinticuatro; y, en la falta muy grave prevista en el numeral tres del artículo cincuenta de la Ley referida. Nº 099-2020-SMV/02.- . En cuanto a la tercera falta imputada, los jueces de paz investigados no podían conocer, influir o interferir, directa o indirectamente en las causas, pues se encontraban impedidos para hacerlo, en tanto registraban una medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial. ; A mayor abundancia, en dicha acta el Juez de Paz Santiago Evangelista Oruna Mariño telefónicamente expresó que fue el Juez de Paz Dabys Nel Ledesma Acosta que le facilitó el local, detallando. Registro de Deudores Alimentarios . Consulta de Notificaciones Judiciales . De conformidad con la ponencia del señor Consejero Álvarez Trujillo. Que, antes de iniciar con el análisis de la conducta disfuncional que ha sido imputada a los jueces de paz investigados, es necesario indicar que conforme se puede apreciar de los actuados, el presente procedimiento disciplinario ha sido garante del derecho de defensa; puesto que la resolución número seis del tres de octubre de dos mil catorce de fojas sesenta y uno a ochenta y cuatro, que abrió procedimiento administrativo disciplinario contra los jueces de paz investigados, ha sido debidamente notificada conforme se desprende de las cédulas de notificación obrantes de folios ochenta y siete a ochenta y nueve y de folios cien a ciento dos; asimismo, los investigados han presentado sus respectivos descargos: Aristóteles Carlos Acosta de fojas ciento tres, Dabys Nel Ledesma Acosta de fojas ciento cuatro; y Santiago Evangelista Oruna Mariño de folios ciento cinco. Que, cabe mencionar que, aun cuando se trata de un procedimiento administrativo disciplinario de naturaleza especial, resultan aplicables reglas comunes contenidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General, entre ellas el artículo doscientos cuarenta y dos del referido cuerpo normativo, el cual regula el registro de sanciones, norma que fue modificada por el artículo dos del Decreto Legislativo número mil trescientos sesenta y siete, cuyo texto actual es el siguiente: El Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles consolida toda la información relativa al ejercicio de la potestad administrativa sancionadora disciplinaria y funcional ejercida por las entidades de la Administración Pública, (…) (resaltado agregado). Texto Original (Boletin Oficial de la Provincia de Córdoba) Citado por Relacionados. Vélez Sarsfield 450 | Primer piso | Oficina 117 (0381) 4248000 Juzgado en lo Civil y Comercial Común VIII Pje. 37003 y 37009. ofijustpaz-cba@justiciacordoba.gob.ar Join Facebook to connect with Juez De Paz De Primera Nominacion and others you may. ; b) El jefe de recursos humanos o quien haga sus veces. Publicado en el diario oficial El Peruano, el 19 de febrero de 2022. ; c) el titular de la entidad. Que, acreditada la conducta disfuncional en la que incurrieron los investigados, se debe considerar que el procedimiento disciplinario seguido en contra de los jueces de paz, de conformidad con el tercer párrafo del artículo cincuenta y cinco de la Ley de Justicia de Paz tiene una regulación especial, con la finalidad de garantizar el derecho de defensa y debido proceso; debiendo tenerse en consideración el grado de instrucción, su cultura, costumbres, tradiciones, lengua materna y nivel de conocimiento del castellano. Por las presuntas faltas disciplinarias graves contenidas en los incisos 4) y 7) del artículo 49° de la Ley de Justicia de Paz – Ley N° 29824; y la presunta falta disciplinaria muy grave contenida en el inciso 8) del artículo 50° de la Ley de Justicia de Paz – Ley Nº 29824. 2 a. REMATES. Que, establecida la calidad de juez paz del investigado y el lugar en el cual fue designado, es menester indicar que del acta de visita a juzgado de paz de fecha dieciséis de mayo de dos mil catorce, de fojas ciento quince a ciento dieciocho, se verifica que el día de la fecha a horas once de la mañana, el Director del Centro Judicial de Formación Intercultural de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de La Libertad, realizaron una visita con la finalidad de verificar el lugar donde funcionaban los juzgados del “Sector Central” y “El Presidio”; al constituirse al local del Juzgado de Paz de Segunda Nominación de “El Presidio”, constataron que este órgano jurisdiccional funcionaba en la dirección “Sánchez Carrión N° 486”, del distrito “El Porvenir”, es decir, funcionaba en el mismo domicilio donde el Juzgado de Paz de Segunda Nominación del “Sector Central” del distrito de El Porvenir, había fijado su lugar de funcionamiento; conclusión a la cual se arriba puesto que la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de La Libertad, mediante Oficio número treinta y dos guión dos mil quince guión ODAPUJ guión CSJLL diagonal PJ, de fojas doscientos cuarenta y dos, informó que el “Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector Central-El Porvenir, se encontraba ubicado en la Av. …, de las tres faltas imputadas a los investigados Dabys Nel Ledesma Acosta y Aristóteles Carlos Acosta, que la jefatura de la OCMA ha considerado en su resolución N° 20 solo se ha verificado la comisión de la falta grave prevista en el inciso 2 del artículo 49º de la Ley N° 29824- Ley de Justicia de Paz, por parte del señor Dabys Nel Ledesma Acosta. Los juzgados de paz tienen competencia sobre temas de menor cuantía o de menor gravedad y no se subdividen en especialidades grandes. Por lo que, corresponde desestimar la propuesta así formulada por la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena. Décimo Quinto. y 16° Nom. Join Facebook to connect with Juzgado De Paz De Segunda Nominación and others you may know. El Juez de Paz interviene como conciliador, para que las personas resuelvan sus conflictos de modo directo, aunque si no se llega a un acuerdo, el Juez de Paz podría dictar sentencia judicial. Conclusiones: 3.1 El Principio de Legalidad, reconocido en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N°... Fundamento destacado: DÉCIMO PRIMERO: Entonces, el fenecimiento de la sociedad de gananciales tiene un doble objeto. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ; d) El Tribunal del Servicio Civil”, no siendo éstas las autoridades que intervinieron en el procedimiento administrativo disciplinario seguido en contra de los investigados; por lo cual, se considera desestimar la imputación sustentada en la vulneración de norma ética, dejando a salvo la potestad para la adopción de medidas pertinentes en el procedimiento correspondiente. El Premio Nobel de la Paz es una de las categorías que más atención reciben a nivel mundial de estos importantes galardones anuales. Imponer la medida disciplinaria de destitución a los señores Santiago Evangelista Oruna, Dabys Nel Ledesma Acosta y Aristóteles Carlos Acosta por su actuación como jueces de paz del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector “El Presidio”; del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector “Central”; y, del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector “Central”, respectivamente, del distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; con las consecuencias establecidas en el artículo cincuenta y cuatro de la Ley de Justicia de Paz. de Paz Civil 5 Nivel 22487039, 24267039 2582 48 Juzgado 9o. Causar grave perjuicio al desarrollo de las incidencias y diligencias del proceso, frustrando o retrasando injustificadamente la realización de los actos procesales…. Su trabajo y entrega diaria, en el mantenimiento de la paz social, representan una importantísima aportación a la Administración de Justicia. 1. . La Queja de Parte número mil cuatrocientos treinta guión dos mil quince guión Lambayeque que contiene la propuesta de destitución del señor Esteban Suclupe Sandoval, por su desempeño como Juez de Paz de Segunda Nominación del Centro Poblado Cruz del Médano, Distrito de Morrope, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número nueve de fecha veintiuno de junio de dos mil . Por resolución número trece del diecisiete de septiembre de dos mil quince, de fojas trescientos treinta y dos a trescientos treinta y nueve, la Jefatura de la Unidad Desconcentrada de Quejas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de La Libertad propuso que se imponga a los jueces investigados la sanción de destitución. Sexto. Es elegido por los ciudadanos de manera democrática. Juez 976505392, 1° Acces. A mayor abundancia, la Primera Disposición Complementaria y Final del aludido cuerpo legal regula que: El Código de Ética de la Función Pública es supletorio a las leyes, reglamentos y otras normas de procedimiento existentes en cuanto no lo contradigan o se opongan, en cuyo caso prevalecen las disposiciones especiales. *Juez de Paz de Primera Nominación de Chiclin Luis Alberto Villanueva Vásquez *Juez de Paz de Segunda Nominación de Chiclin Colver Aguilar Pinedo. [Informe 002844-2022-Servir-GPGSC]. Juzgado de Paz de Primera Nominación de CACHACHI distrito CACHACHI CAJABAMBA EDGAR ESTEBAN GAMBOA TORRES 26962979 VICTOR SEGUNDO GUTIERRES CORDOVA JAIME MANUEL VELASQUEZ MEDINA 89 - 2013 16/07/2013 24/07/2013 24/07/2017 976219743 18 8 Juzgado de Paz de Segunda Nominación de CACHACHI distrito CACHACHI CAJABAMBA ANTIO OMAR CORTEGANA RONCAL 26937154 3) Una Fiscalía. 4415980 / 4498659 Por tanto, el juez investigado incurrió en las faltas establecidas en los incisos cuatro y siete del artículo cuarenta y nueve e inciso ocho del artículo cincuenta de la Ley de Justicia de Paz. Ord. INST. Descubre las últimas noticias, fotografías y vídeos sobre Justicia ¡Te contamos las últimas novedades! Colección: Fallos. Octavo. (…), INICIAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los Magistrados Juez de Paz DABYS NEL LEDESMA ACOSTA como Juez de Paz suspendido del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector Central del Distrito El Porvenir de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, Juez de Paz ARISTÓTELES CARLOS ACOSTA como Juez de Paz suspendido de Segunda Nominación-Sector Central del distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, de esta Corte Superior de Justicia de La Libertad, por el Segundo hecho al haber supuestamente permitido el ejercicio del Despacho de la Justicia de Paz al Juez de Paz SANTIAGO EVANGELISTA ORUNA MARIÑO en su condición de Juez de Paz del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector El Presidio del Distrito El Porvenir, de la provincia de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, con el agravante de seguir ejerciendo dicho oficio público con la firma y sellos del referido Juez de Paz, pese a encontrarse con medida de suspensión dispuesta por el órgano de control de la Magistratura del Poder Judicial, causando perjuicio al servicio judicial y confusión a los usuarios litigantes, vecinos y abogados desde 27 de febrero de 2014 al 02 de octubre de 2014. En tal sentido, queda acreditado que el traslado indebido de local del Juzgado de Segunda Nominación del Sector “El Presidio” al Sector “Central”, fue realizado en complicidad con los jueces de paz suspendidos del “Sector Central” en la indebida alteración del domicilio del juzgado, lo cual se ha suscitado producto de las relaciones extraprocesales establecidas por el Juez de Paz Santiago Evangelista Oruna Mariño con los Jueces de Paz Dabys Nel Ledesma Acosta del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector “Central” y Aristóteles Carlos Acosta del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector “Central” -en quienes había recaído medida cautelar de suspensión preventiva en el cargo-; todos ellos del distrito El Porvenir, provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; conducta disfuncional que afecta la imparcialidad en el desempeño del cargo para el cual fue designado, con el consiguiente perjuicio en el desarrollo de las incidencias y diligencias, en tanto se trasladó por la poca concurrencia, sobreentendiéndose la intención de tener un campo de acción más amplio, situación que acarrea como inminente consecuencia la “nulidad” por atender en un lugar para el cual no fue designado; situación que se agrava por cuanto conocía que en dicha zona funcionaba y ejercía competencia otro juzgado de paz a cuyo juez se le impuso medida cautelar de suspensión preventiva1; por lo cual se concluye que el Juez de Paz Santiago Evangelista Oruna Mariño ha incurrido en las faltas graves previstas en los numerales cuatro y siete del artículo cuarenta y nueve de la Ley de Justicia de Paz, Ley número veintinueve mil ochocientos veinticuatro; y, en la falta muy grave prevista en el numeral ocho del artículo cincuenta de la Ley de Justicia de Paz. y 60 de la Ley de Sociedades Comerciales N 19.550 y por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1ª Nominación a cargo del Registro . Que, acreditado el dolo con el que actuaron los investigados, como elemento típico para la imposición de sanción disciplinaria, habiéndose verificado la comisión de conducta disfuncional tipificada como falta muy grave en la Ley de Justicia de Paz; la afectación de la misión del Poder Judicial: Administrar Justicia a través de sus órganos jurisdiccionales, con arreglo a la Constitución y a las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional, para contribuir al estado de derecho, al mantenimiento de la paz social y al desarrollo nacional5; Y, teniendo en cuenta los principios de razonabilidad y proporcionalidad, corresponde aprobar la valoración y graduación de la sanción efectuada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura; y, en mérito a las consideraciones expuestas, se considera que se justifica la aplicación de la medida disciplinaria de destitución en contra de Santiago Evangelista Oruna Mariño, en su actuación como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector “El Presidio”; de Dabys Nel Ledesma Acosta en su actuación como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Primera Nominación del Sector “Central”; y, de Aristóteles Carlos Acosta en su actuación de Juez de Paz del Juzgado de Paz de Segunda Nominación del Sector “Central”. Director: Roger Vilca | Fundador: Roger Vilca. Debido a que el juez de paz no suele tener conocimientos de Derecho comparables a los de un letrado . Juez de Paz: funciones. de Paz Civil 3a. Mediante Informe Final número veintiuno dos mil quince guión EDA guión UDO guión ODECMA diagonal LL de fecha diecisiete de abril de dos mil quince, de fojas doscientos noventa y seis a trescientos veinte, la magistrada contralora de la Unidad Desconcentrada de Quejas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de La Libertad opinó por la responsabilidad disciplinaria y porque se imponga la sanción de destitución a los tres jueces de paz investigados. Tercero. Conmutador: 4490000 / Mesa de Informes: 4497945 ; Dr. Moreno 2478, Las Heras, Tel: 4495795 / 5796 / 5797 / 4415902; Perito Moreno 280, Godoy Cruz, Tel. . Registro Único de Adopción; Jueces de Paz No Letrados; Consejo de la Magistratura; Equipo Técnico de Asistencia a la Violencia; CAPACITACIÓN. Décimo Segundo. Que, el Juez de Paz de Segunda Nominación de “El Presidio” Santiago Evangelista Oruna Mariño, al formular su informe de descargo presentado el veintiséis de enero de dos mil quince, de fojas ciento cinco, reconoció que efectivamente el despacho de su juzgado funcionó en el local donde antes funcionaba el Juzgado de Paz del Sector Central, literalmente expuso: 1.
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